La normativa en cuestión se trataba sobre la imposición de nombres a calles del barrio Villa Florida, la cual había sido solicitada al Concejo Deliberante por la Comunidad Cueva del Inca. La misma fue vetada a consecuencia de que existe una medida cautelar contra la Municipalidad de Tilcara que impide cualquier tipo de modificaciones a la situación jurídica del lugar.
La ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante de Tilcara la semana pasada, donde se le asignaba nombres a las calles del barrio Villa Florida fue vetada “como consecuencia de una medida cautelar que existe en contra de la municipalidad y de la cual el Concejo Deliberante también fue notificado con anterioridad”, explicó el asesor legal del municipio, el Dr. Alberto Benavides.
Asimismo, agregó que esa medida cautelar, “dispone la preservación del Status Quo, tanto desde el aspecto físico como de la situación jurídica de todo ese inmueble que se denomina Finca Las Cortaderas iniciada por la familia Mendoza en contra de la Municipalidad de Tilcara”.
Anteriormente ya se produjo “una multa de casi un millón de pesos contra la Municipalidad de Tilcara en el año 2023, que se produjo el embargo de la coparticipación de la municipalidad, es decir dinero que era para la comunidad fue embargado por no haber respetado en ese entonces la manda judicial, es decir la orden del juez que disponía no tocar la situación, no modificar la situación jurídica de esa finca”, señaló el Dr. Benavides, añadiendo que en ese entonces “como se desobedeció se aplicó esta multa que se efectivizó y se embargaron los recursos del municipio”.
Por lo cual, en esta oportunidad, “para evitar que se repita esa cuestión es que se dispuso el veto de la ordenanza que justamente implica una modificación jurídica de la situación de la finca. Entonces ese es el motivo, ese es el fundamento del decreto del veto”, puntualizó.
Al referirse a la medida cautelar existente dijo que “es clara cuando en la demanda se acciona en contra de la municipalidad, se entiende que también abarca el Concejo Deliberante, se abarca a la municipalidad en su totalidad no solamente al ejecutivo de la municipalidad”.
Argumentó además que “esa prohibición de realizar modificaciones a la situación jurídica abarca sobre todo a la sanción de normativas que modifican o alteran la situación preexistente, es decir en una palabra para que entienda la gente, no hay que tocar todo lo relacionado con esa finca hasta tanto la justicia se expida en contrario”.
En este sentido el Dr. Benavides manifestó que “estamos reuniendo la documentación necesaria y suficiente para hacer el planteo como corresponde al levantamiento de la medida cautelar porque ese juicio se perdió por parte de la familia Mendoza, si bien no se encuentra firme todavía la sentencia porque está apelada, pero en una primera instancia, el municipio ganó la demanda y se evitó el reclamo de los daños y perjuicios que pretendía cobrar la familia Mendoza a la Municipalidad de Tilcara”, concluyó.
